Como prepararse para su entrevista de asilo

Todo ciudadano que desee obtener protección bajo el concepto de asilo político en Estados Unidos, debe demostrar que su vida corre peligro y que si integridad física se encuentra comprometida; esta amenaza debe prevenir desde el gobierno de su país de residencia, bien sea producto de una persecución política , religiosa, nacionalidad, raza o membresía de un grupo social particular o de opinión.

Para lograr el asilo político, se le sugiere tener evidencias de haber sido agredido o perseguido, tales como: videos, fotografías, reportes de prensa,a manuscritos o declaraciones bajo juramento de personas que presenciaron la situación en la que fue maltratado, o incluso que haya sido objeto de un atentado a tu integridad física por parte de las autoridades de tu país; que en vez de protegerte hayan buscado hacerle daño.

Cabe destacar que un secuestro por parte del «hampa común», no califica para la solicitud de asilo. Tampoco califica la falta de alimentos en tu país de origen ni medicamentos.

El asilo ha sido diseñado para proteger a los ciudadanos de amenazas o acciones del gobierno del país donde reside. Es importante comprender que si desea emigrar a USA, el asilo, si bien podría ser una alternativa dependiendo de lo que haya vivido, es importante que sepa que existen otras opciones para ir a vivir en USA,  como son los procesos de visas y residencias por inversión.

Para proceder a la aplicación de asilo político, será necesario formalizar ante el departamento de seguridad de las fronteras de USA (Homeland Security), una solicitud administrativa. Posteriormente, le citarán con un oficial del departamento quién atendrá su caso y le brindará la oportunidad de hablar de su temor por volver a su país de origen.

Una vez que lo solicite esperará 150 días para que le sea otorgado el permiso de trabajo, y luego de allí en cualquier momento le llamarán para entrevistarse con un oficial de inmigración, generalmente son muy estrictos.
Antes de dar el paso de solicitar asilo político, se le recomienda evaluar bien sus opciones, contrate a un buen abogado que le guíe paso a paso en el proceso.

Un instrumento de inversión para emigrar le otorga más libertades e incluso le dejará volver a su país de origen cada vez que lo desee.

La condición especial de asilado puede ser concedida a personas que busquen entrar o se encuentren ya en Estados Unidos. Las personas ya presentes en el país pueden solicitar asilo así hayan ingresado de forma ilegal o se encuentren ilegales en el momento de pedirlo. El CIS indica que las solicitudes de asilo deben ser aceptadas y escuchadas sin importar los países de origen de quiénes lo solicitan ni cualquier otro criterio (con algunas pocas excepciones)y sin que se pueda limitar numéricamente la cantidad de asilos otorgados anualmente , salvo en el caso del tope anual de mil personas para asilos basados en oposición a medidas de planificación coercitivas (personas obligadas a suspender embarazos o someterse a procedimientos de esterilización en contra de su voluntad debido a controles de natalidad vigentes en su país, etc).

Para CIS existe una diferencia entre el proceso de asilo y refugio. Quién busque refugio en Estados Unidos debe solicitarlo antes de entrar al país y estará sujeto a control gubernamental, ciertos estándares, criterios y limitaciones numéricas a diferencia de quién pide asilo. Los estatus de refugiado y asilado son muy similares de hecho, toda persona a quién se le provea asilo debe cumplir con la definición de refugiada.

Cuando CIS aprueba una petición de asilo  se le da el derecho a esa persona de vivir y trabajar en Estados Unidos. También podrá solicitar su residencia permanente al cumplir un año bajo su estatus de asilada. Cuando se pide el asilo estando en Estados Unidos el cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden incluirse en la misma solicitud, si se encuentran físicamente en el país. Si estuvieran fuera, deben seguir otro procedimiento para que puedan obtener su estatus de asilados derivados.

Las peticiones de asilo son generalmente complejas y requieren poner atención en muchos detalles. Para ser elegible, en principio el individuo debe solicitar el asilo a su llegada a Estados Unidos en el aeropuerto, puerto marítimo o frontera terrestre o debe hacerlo después dentro de un lapso de un año desde que pisara territorio estadounidense. Pero, también puede solicitar el asilo si luego de un año de estar en Estados Unidos las condiciones en su país de origen cambian o sus circunstancias personales varían ( y esto afecte su elegibilidad para pedir el asilo), siempre que esto ocurra antes de que se pida el asilo. El CIS dice que se puede excusar la fecha límite de un año para hacer la solicitud si hubo circunstancias extraordinarias que le impidieron a la persona hacerlo antes (muerte de un familiar inmediato o de su representante legal, entre una larga lista). Todos estos requisitos deben probarse exhaustivamente antes el CIS.

Adicionalmente, debe calificar bajo la definición de refugiado provista por la Ley de Inmigración y Nacionalidad: «Cualquier persona fuera de su país de nacionalidad, o en el caso de una persona sin nacionalidad que se encuentre fuera del país en el que residía recientemente y que no puede o no quiere regresar a ese país y que no puede o no quiere valerse de la protección de ese país por motivos de persecución, o por tener miedo fundado por persecución por su raza, religión, nacionalidad, membresía a un grupo social particular o por su opinión política (…)». También «en ciertas circunstancias especificadas por el presidente después de consultarlo adecuadamente, cualquier persona que se encuentre en su país de nacionalidad o en el caso  de una persona sin nacionalidad que ésta se encuentre en el país en el que reside habitualmente y sea perseguida o tenga un miedo fundado de persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, membresía a un grupo social particular o por su opinión política».

La elegibilidad se determina según la información provista por una persona en su solicitud de asilo y durante la entrevista con un oficial de asilo o juez de inmigración ( en caso de que la persona esté en proceso de deportación al momento de solicitar su asilo).

Es importante señalar que si una persona está ilegal en Estados Unidos. solicita asilo y éste le es negado, inmediatamente será puesta en proceso de deportación y su caso será pasado al juez de inmigración.

Pasos para pedir asilo:
Se debe llenar la planida I-589 (que se puede buscar directamente en una de las oficinas del CIS o pedirse por teléfono llamando al 1-800-870-3676 del CIS) y adjuntar todos los requisitos. La solicitud de asilo no tiene costo. Luego se envía por correo al centro de servicio que corresponda al área donde se encuentra la persona ( a Florida le corresponde el de Texas). En el formulario va indicada la dirección adonde debe enviarse. El CIS detalla que el proceso de asilo toma unos 180 días para completarse. Mientras se procesa el asilo la persona no puede salir del país a menos que solicite un permiso denominado Advance Parole. Si sale de Estados Unidos sin que se lo hayan dado, entonces se considera que ha abandonado su petición y se le puede negar la entrada al país en el futuro. Cuando el asilo es aprobado, la persona puede solicitar un Documento de Viaje de Refugiado para salir y entrar al país.

El CIS mandará una notificación de recibo de la solicitud de asilo e indicará que la persona debe ir a que le tomen sus huellas dactilares para ser enviadas para su chequeo al FBI. Luego le notificarán cuando y dónde se realizará su entrevista  (en una oficina de asilo u oficina distrital, dependiendo de donde se esté residenciando el solicitante). La persona puede llevar a su abogado o representante legal y si no habla inglés puede ser acompañada por su intérprete.
La entrevista es exhaustiva. Durante la misma el oficial de asilo o juez, debe decidir, basándose en la evidencia provista y en el testimonio de la persona, si otorga o no el asilo. De modo que la persona debe ir preparada psicológicamente para enfrentar un minucioso interrogatorio.

Una vez realizada la entrevista, generalmente, dice el CIS, se da respuesta de otorgamiento, recomendación de asilo o negación en un lapso aproximado de dos semanas.

En el formulario de solicitud de asilo I-589 están todas las instrucciones, requisitos y direcciones. Es importante leerlo cuidadosamente y cumplir al detalle con todo lo que allí se pide.

¿Cómo se obtiene el permiso de trabajo?
Anteriormente se otorgaba un permiso de trabajo a quiénes solicitaban asilo al mismo tiempo que hacían la petición. Pero como consecuencia de las reformas de la ley , actualmente deben transcurrir 150 días desde que el CIS haya recibido una solicitud completa de asilo para que la persona pueda pedir su permiso de trabajo. El CIS en este caso tiene un lapso de 30 días para otorgar o negar el permiso, según informa. Pero también indica que la persona puede pedir el permiso sólo cuando su solicitud de asilo haya sido aprobada o recomendada para su aprobación.

¿Cómo saber el estatus de una solicitud de asilo?
Generalmente el CIS provee dos formas de averiguar como va el trámite del asilo si la persona no ha recibido notificaciones o respuestas por parte de esta entidad: escribir una carta a la oficina de asilo correspondiente o ir personalmente, ya que por razones de confidencialidad no pueden dar información vía telefónica sobre casos individuales de asilo. Se deben tener a mano todos los datos pertinentes (o incluirlos en la carta) para poder hacer la consulta: el número de asilo asignado ( ocho o nueve dígitos que siguen a la letra A-), nombre legal actual del solicitante y, si fuera diferente, el nombre como aparece en la solicitud, fecha de nacimiento del solicitante, fecha de la entrevista (si ya la tuvo). El solicitante debe firmar la carta y en el sobre debe colocar: «ATNN: Status Inquiry».


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